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www.conozcabuenosaires.com.arDNU para aplicar la extinción de dominioEl lunes 21 de enero, recién llegado de sus vacaciones en Villa la Angostura, el presidente de la Nación, Mauricio Macri, anunció un Decreto de Necesidad y Urgencia sobre la ley de extinción de dominio. El DNU fue publicado en el Boletín Oficial, el martes 22. La Extinción de Dominio es algo que la mayoría de los argentinos esperamos y que recién firmado, ya tiene sus cuestionamientos y sus detractores. Es increíble que se pongan piedras en el camino para recuperar lo que se obtuvo ilegalmente, ¿tal vez por temor a que a futuro, quienes podrían aprobar la ley, tengan que rendir cuentas de sus bienes? En varios programas televisivos de debate político se ha recordado que en la reforma de 1994 de la Constitución Nacional, el Decreto de Necesidad y Urgencia se permite siempre que no se refiera a un tema penal y eso genera el interrogante: Si el tema de recuperación de bienes ingresa por vía civil, ¿le quita el carácter penal previo? En uno de los programas al que estuvo invitado el abogado, Ricardo Monner Sans, el letrado dijo que "un Decreto de Necesidad y Urgencia no significa que el jefe del ejecutivo pueda hacer lo que se le da la gana". La aprobación de dicho decreto permitiría incautar los bienes que provienen de la corrupción y el crimen organizado. Desde 2016, el gobierno ha secuestrado autos, armas, tecnología y dinero por un valor aproximado de U$S 593 millones, al cambio del lunes 21 de enero, provenientes del narcotráfico. Dentro de los bienes que llevan a estos valores está el lujoso yate de Ricardo Jaime y un avión de Lázaro Báez, entre otros. También la mentada valija con U$S 800.000 de Antonini Wilson, dinero con el que según el ministro de Justicia, Germán Garavano, se construyeron jardines de infantes. Otros bienes permanecen guardados en depósitos y se espera que el Estado pueda venderlos para comprar equipamiento para las fuerzas de seguridad. Otro gran interrogante que plantea el DNU es saber qué ocurrirá con el tremendo patrimonio de la familia Kirchner, Lázaro Báez, Cristóbal López y otros funcionarios kirchneristas que ¿cómo podrán justificar su procedencia?, pero además, hay una excepción prevista en el artículo 9 del DNU para los bienes que se hayan incorporado al patrimonio con anterioridad a la fecha de la presunta comisión del delito investigado o bien que haya sentencia previa en alguna causa de investigación de patrimonio... Por esa excepción, el DNU, no se podría aplicar a los bienes de Cristina Kirchner y además, la abogada Silvina Martínez, recordó que el matrimonio Kirchner había sido sobreseído por enriquecimiento ilícito en 2009, claro que según declaró hace algunos meses el ex Juez Oyarbide, los absolvió porque fue presionado, pero ya no hay marcha atrás. La realidad es que el grueso del dinero que los argentinos esperamos que sea devuelto, está ahí, en ese patrimonio que parecería estar salvaguardado por “la excepción” y parece una burla, una manera de distraernos e intentar ponernos contentos en un año electoral en el que el gobierno necesita recuperar la confianza perdida y la desilusión de la gente por promesas incumplidas y una situación poco llevadera. Susana Espósito - Noticia publicada el: Martes 22/01/19 - (Cantidad de caracteres: 3183) |
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