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www.conozcabuenosaires.com.arSe sancionó la ley contra el acoso callejeroEl martes 16 de abril el Senado sancionó por unanimidad la ley contra el acoso callejero, que establece penas para quienes ofendan a las mujeres en espacios públicos, transporte y centros comerciales; y obliga a la policía a actuar en caso de denuncia. La norma incorpora al acoso callejero como un modo de violencia de género, introduciendo su definición en la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. La misma prohíbe conductas o expresiones "verbales o no verbales, con connotación sexual, que afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia" de las mujeres y establece penas contra las ofensas a las mujeres. A partir de su sanción, el acoso callejero comenzará a formar parte de artículo 6 de la Ley de Protección contra las Mujeres, en la que se define las distintas formas a través de las cuales se manifiestan los distintos tipos de violencia de género. Asimismo, se establece la implementación de una línea telefónica gratuita de asesoramiento para los casos de acoso callejero, destinada a la contención y a la elaboración de estadísticas en el marco del Consejo Nacional de las Mujeres y ordena a las fuerzas de seguridad "actuar en protección de las mujeres en espacios públicos cuando se vieran afectadas por este tipo de delitos". Según los últimos datos de la Ciudad de Buenos Aires, las denuncias por acoso sexual callejero en la Justicia porteña crecieron más de 50% en 2018 con respecto al año anterior. Las vinculadas a exhibiciones obscenas aumentaron más de 40%. A partir de ahora, los caballeros deberán cuidar sus modales y actitudes con las mujeres, como corresponde, pero... decir un piropo halagador a una mujer, también será considerado acoso o se podrá diferenciar eso de una grosería, una provocación o una actitud violenta. Ante la duda, a cuidarse!!! Susana Espósito - Noticia publicada el: Miércoles 17/04/19 - (Cantidad de caracteres: 1919) |
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