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    Las empresas deberán ofrecer espacios de cuidado para niños

    De acuerdo al decreto 144/2022 que reglamenta el artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo N°20.744, las empresas donde trabajen cien o más personas, deberán tener espacios de cuidado para niños de entre 45 días y 3 años, que estén a cargo de los empleados, durante la jornada laboral.

    guarderiasEl decreto, firmado por el Presidente de la Nación, Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manzur; y los ministros Claudio Moroni (Trabajo y Previsión) y Gómez Alcorta (de las Mujeres, Géneros y Diversidad), fue publicado en el Boletín Oficial el miércoles 23 de marzo.

    La norma sostiene que quienes tengan cien o más empleados deberán implementar espacios de cuidado propios o podrán subcontratarlos, en tanto cumplan con las condiciones adecuadas.

    Los empleadores cuyos establecimientos se encuentren dentro de un mismo parque industrial o a una distancia menor a 2 kilómetros entre sí, podrán disponer la implementación de los espacios de cuidado de manera conjunta dentro de ese radio.

    Por otra parte, en los Convenios Colectivos de Trabajo "podrá preverse el reemplazo de la obligación de la presente medida por el pago de una suma no remunerativa, en concepto de reintegro de gastos de guardería o trabajo de cuidado de personas, debidamente documentados", sostiene el artículo 4 del decreto.

    Dicho monto a reintegrar en concepto de pago por guardería o trabajo de asistencia y cuidado no terapéutico de personas no podrá ser inferior a una suma equivalente al 40% del salario mensual correspondiente a la categoría “Asistencia y Cuidados de Personas” del Personal con retiro del régimen previsto en la Ley N° 26.844, o al monto efectivamente gastado en caso de que este sea menor, se especificó.

    Además se aclaró que en los Contratos de Trabajo a Tiempo Parcial, el monto a reintegrar será proporcional al que le corresponda a un trabajador a tiempo completo.

    La ministra Elizabeth Gómez Alcorta, celebró en su cuenta de Twitter que "se trata de un paso fundamental para garantizar la inserción laboral de las mujeres y una organización social de los cuidados más justa entre los géneros. Seguimos ampliando derechos para todas, todes y todos".

    Por su parte, la directora del área Igualdad y Género del Ministerio de Economía, Mercedes D´Alessandro, manifestó que este es un logro del feminismo que desde hace tiempo reclama un espacio para el cuidado de sus hijos.

    Sobre la normativa publicada el miércoles, D´Alessandro sostuvo que en el artículo original de la Ley de Contrato de Trabajo figuraba la palabra "trabajadoras" y ahora se agregó "trabajadores" porque "estos espacios se deben garantizar a padres y madres".

    "Las mujeres tienen una tasa más alta de retiro del mercado laboral, luego de la maternidad, y el tener un espacio cuidado es algo que empareja un poco la situación entre varones y mujeres y contribuye a que los varones generen un vínculo diferente con sus hijes, fomenta la corresponsabilidad", detalló la funcionaria.

    El artículo 179 que se titula "Descansos diarios por lactancia" establecía que "toda trabajadora madre de lactante podrá disponer de dos descansos de media hora para amamantar a su hijo, en el transcurso de la jornada de trabajo, y por un período no superior a un año posterior a la fecha del nacimiento, salvo que por razones médicas sea necesario que la madre amamante a su hijo por lapso más prolongado".


    Susana Espósito - Noticia publicada el: Lunes 28/03/22 - (Cantidad de caracteres: 3402)




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