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    Modificaciones en la ley jubilatoria

    Uno de los artículos de la Ley de Bases, aprobada por diputados, ha sido el que modificaría la edad jubilatoria para hombres y mujeres y además, el objetivo busca que cada persona cobre de acuerdo a sus años de aportes al SIPA.

    Camara de DiputadosSegún los especialistas, el nuevo esquema retrasará la jubilación de miles de personas.

    Mientras avanza en la Cámara de Diputados el tratamiento del nuevo proyecto de la Ley Bases, donde se incluye la derogación de la moratoria previsional y se crea la figura Prestación de Retiro Proporcional para aquellas personas que cumplieron 65 años y que no completaron los 30 años de aportes necesarios para jubilarse. La norma fue aprobada en general en la mañana del martes 30 de abril, pero todavía falta el tratamiento en particular para conocer si finalmente se aplica o si sufre algún cambio.

    Para entender exactamente de qué se trata el cambio que propone el Gobierno tal como figura en el texto que recibió la aprobación en general en la Cámara Baja, se debe recordar primero qué es la moratoria previsional que está vigente en la actualidad y en qué consiste.

    La moratoria está dirigida a dos grandes grupos de personas. El primero está conformado por los ciudadanos que, pese a haber cumplido la edad jubilatoria, no llegaron a pagar los 30 años de aportes que dicta la ley 24.241; el otro, lo constituyen quienes todavía no tienen la edad límite, pero ya saben de antemano que no llegarán a los 30 años de aportes jubilatorios.

    Quienes ya tienen la edad para jubilarse (mujeres de 60 años y hombres de 65 o más), pueden acceder a una moratoria cuyas cuotas se ajustan según la “unidad de pago de deuda previsional” (UPDP), un valor que depende directamente de la “remuneración mínima imponible”, que hoy alcanza los $ 45.281,15.

    Según dicta la normativa, las cuotas que se descuentan en cada pago de haberes son equivalentes al 29% de dicha remuneración mínima no imponible. Hoy, el monto a descontar sería entonces de $13.131,53 (el 29% de $45.281,15).

    Actualmente, quienes no tienen los 30 años de aportes pueden acceder a una moratoria para jubilarse. En el caso de quienes aún no cumplen con la edad mínima de jubilación, el sistema es exactamente igual, pero solo pueden acceder quienes acrediten ingresos que demuestran capacidad para pagar la deuda.

    La nueva propuesta que elaboró este gobierno propone eliminar definitivamente la moratoria y en su lugar crear la Prestación de Retiro Proporcional. En concreto, quienes no hayan terminado sus aportes, cobrarán a partir de la edad 65 años un haber mínimo equivalente a la Prestación Universal al Adulto Mayor (PUAM), la cual equivale al 80% de la jubilación mínima ($260.141,60 contemplando el refuerzo). Para poner en contexto, en mayo los beneficiarios de la PUAM cobrarán $222.113.

    Sobre ese nivel, de acuerdo a la cantidad de años de aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), se pagará un adicional. El Ejecutivo deberá definir qué montos se percibirán según cada caso. Es decir que no cobrará lo mismo una persona con 10 años de aporte que una que contribuyó al SIPA durante 25 años, por citar un ejemplo.

    Andrea Falcone, abogada especializada en temas previsionales, explicó que la derogación de la moratoria anticipada implica que 9 de cada 10 mujeres no podrá jubilarse a los 60 años y deberá esperar hasta los 65 años para acceder a una PUAM, en caso de no contar con aportes, o un retiro proporcional. “Esto se debe a que solo el 10% de las mujeres logra completar los 30 años de aportes al alcanzar la edad jubilatoria”, explicó.

    “Pero la finalización de la moratoria previsional no es una preocupación netamente femenina. De aprobarse la Ley de Bases, 7 de cada 10 hombres tampoco podrán jubilarse a los 65 años, debiendo optar por una pensión no contributiva o una jubilación proporcional. La alta informalidad laboral es el principal motivo por el cual se ha permitido la “adquisición” de aportes a través de moratorias. Es la respuesta que brinda el Estado ante la falta de control del empleo ‘en negro’”, agregó.

    Cabe recordar que ninguno de estos cambios entrará en vigencia hasta tanto se apruebe la Ley Bases y se publiquen las reglamentaciones necesarias.


    Susana Espósito - Noticia publicada el: Miércoles 01/05/24 - (Cantidad de caracteres: 4204)




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