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    Se aprobó la boleta única de papel

    Finalmente, el martes 1° de octubre, fue aprobada la Boleta Única de Papel que regirá a partir de las próximas elecciones legislativas en 2025.

    ¿Qué es la Boleta Única de Papel?

    Boleta unica de papelEs un instrumento de votación que muestra toda la oferta electoral de un distrito en un solo papel. La votación se realiza marcando los casilleros correspondientes a los partidos o frentes electorales para cada categoría.

    De acuerdo con el texto convertido en ley, la boleta estará dividida en filas horizontales para cada uno de los cargos correspondientes a la elección y en columnas verticales para cada agrupación política con candidatos oficializados.

    La reforma estableció que quedarán “identificados con claridad” el nombre de la agrupación, la sigla, monograma, logotipo, escudo o símbolo y el número de identificación y la categoría de cargos a elegir.

    En las elecciones ejecutivas figurará el nombre, apellido y una foto color del candidato a presidente y a vice. En las provincias en las que se elijan senadores, el mismo criterio regirá para los postulantes titulares. En el caso de los diputados deberán estar como mínimo los cinco candidatos iniciales, con la foto de los dos primeros.

    La Cámara Nacional Electoral dispondrá un modelo base para todos los distritos, que será adaptado en función de las categorías (los senadores se eligen en ocho provincias por cada turno electoral) y la cantidad de postulantes. En algunos distritos son menos de cinco y únicamente en cuatro (Buenos Aires, Ciudad, Córdoba y Santa Fe) quedará una parte afuera. Las listas completas con los candidatos titulares y suplentes serán exhibidas en afiches en cada escuela o centro de votación.

    Para los parlamentarios del Mercosur por distrito nacional se aplicará la misma fórmula que los diputados: nombre y apellido de cinco y fotos de los dos primeros. Y para los postulantes por distrito provincial nombre, apellido y foto del postulante titular. Si la agrupación política no participa en alguna de las categorías, en ese espacio se incluirá la inscripción “No presenta candidato”.

    Los electores tendrán que hacer una marca en un casillero en blanco por cada cargo electivo. Si una misma categoría contiene dos o más marcas, ese tramo del voto se considera nulo. La Justicia federal con competencia electoral y la Dirección Nacional Electoral harán una campaña de difusión y capacitación del nuevo sistema.

    A pedido de los gobernadores de partidos provinciales, sin un alineamiento permanente con espacios nacionales, Diputados aceptó la corrección del Senado y entonces no habrá una opción para votar por la lista completa.

    Para las primarias, la boleta única de papel contendrá todos los candidatos y los que integran un mismo frente serán identificados con el mismo color. El articulado de la ley contiene exigencias para el diseño, entre ellos que se incluirá la fecha de la elección, el distrito y el circuito electoral. A su vez, en el dorso estarán las instrucciones para votar y un casillero para la firma del presidente de mesa.

    Las letras para identificar a las agrupaciones políticas deberán tener características idénticas en cuanto a su forma y tamaño. El texto también establece que la impresión será en “papel no transparente” y con la indicación de sus pliegues para “facilitar su introducción” en la urna. Y faculta al Poder Ejecutivo a fijar las medidas máximas y mínimas que podrá tener la boleta.

    A su vez, en uno de los artículos, la ley aclara que sólo en el caso de que no participen agrupaciones de igual denominación en todas las categorías, las listas que compiten por una agrupación de distrito podrán adherir a la lista de una única agrupación de orden nacional de diferente denominación, en la misma franja de la boleta única.

    Se imprimirá una cantidad de boletas igual al número de electores del padrón, con un 5% adicional para “reposición en caso de contingencias”. En cada lugar de votación habrá bolígrafos indelebles para marcar las opciones. En caso de un error al decidir por una opción, el elector podrá recurrir a la autoridad de mesa y pedir otra boleta. El presidente deberá dejar constancia. Las personas con discapacidad física o no videntes podrán ser acompañados.


    Susana Espósito - Noticia publicada el: Viernes 04/10/24 Fuente: La Nación - (Cantidad de caracteres: 4206)




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