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    Fue oficializada la boleta única de papel
    y estableció sus pautas

    El 18 de octubre fue promulgada la Ley de boleta única de papel, que había sido sancionada a principios de ese mes en el Congreso. Ahora, su reglamentación fue publicada en el Boletín Oficial, el lunes 25 de noviembre y se anunció que la boleta única de papel será estrenada en las elecciones legislativas de 2025.

    Boleta unica de papelEn el decreto 1049/2024 dice: “Corresponde que el Ejecutivo reglamente las medidas máximas y mínimas que deberá tener la boleta única de papel y establezca las pautas técnicas y materiales necesarias para la implementación de este nuevo mecanismo de sufragio”, expresaron en el documento y sumaron: “Resulta necesario el dictado del presente acto a los efectos de poder dar comienzo a los procedimientos licitatorios correspondientes y así garantizar una aplicación efectiva y ordenada de las nuevas disposiciones”.

    Además, consideraron: “El establecimiento de la Boleta Única de Papel, al garantizar la presencia de toda la oferta electoral en un único instrumento provisto por la Autoridad Electoral, representa un avance significativo en términos de transparencia y fortalece la institucionalidad democrática de la Argentina”.

    La Boleta única tendrá cuatro tintas en su frente. En su dorso habrá un espacio destinado a la firma del presidente de mesa, la identificación del tipo y fecha de la elección, y únicamente podrá contener imágenes o leyendas que la Justicia Federal con competencia Electoral determine para cada elección. Su parte trasera no podrá superar composiciones de dos tintas.

    Contendrá un espacio en su margen izquierdo, en seguidilla al talón troquelado, para diferenciar la individualización del distrito, circuito y sección en caso de corresponder.

    Dispondrá de un margen de seguridad superior, inferior y derecho de al menos 0,5 centímetros, que facilite su refilado.

    No podrá poseer datos identificatorios que permitan individualizar las boletas, sin excepciones.

    Dimensiones de ancho:

    Dimensiones de alto:

    Las boletas que contengan dos categorías de cargos a elegir tendrán una extensión total de21,86 centímetros de alto.

    Las boletas que contengan tres o más categorías de cargos a elegir tendrán una extensión total de 29,48 centímetros de alto.

    Composición de talonarios

    Se tomarán como válidos los votos emitidos en boleta única oficializada, donde las marcas en los casilleros sean claras y evidentes.

    Los votos afirmativos en los que el elector marca una opción electoral por una o más categorías.

    Los votos en blanco cuando la persona no marca ninguna preferencia electoral en una o más categorías.

    Será considerado voto nulo:

    • El emitido mediante boleta única no oficializada.
    • El emitido mediante boleta única oficializada que contiene dos o más marcas de distintas agrupaciones políticas para la misma categoría.
    • El emitido en boleta única en la que por medio de una rotura no se logre identificar alguna de las opciones marcadas.
    • El emitido en boleta única oficializada en la que aparezcan inscripciones, imágenes o leyendas de cualquier tipo distintas de la marca de la opción electoral que no permitan identificar la opción escogida.
    • Cuando se incluyan objetos ajenos a la boleta en el pliego.


    Susana Espósito - Noticia publicada el: Viernes 29/11/24 Fuente: LA NACION
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    Interés Cultural
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    y la
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