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La Ciudad prohibirá el vapeo en los lugares cerradosEl jueves se trató en la Legislatura porteña un proyecto impulsado por Graciela Ocaña, para regular la comercialización y el uso de los productos derivados del tabaco, que va en línea con la resolución del Gobierno vigente desde hace un mes.
Se trata de un proyecto de “Regulación de productos emergentes de tabaco y/o nicotina”, que (tal como hizo Nación hace algunas semanas) pretende sacar de la prohibición que rigió hasta ahora y en cambio dar un marco normativo a la distribución, venta y consumo de cigarrillos electrónicos, vapeadores, productos de tabaco calentado y las tan cuestionadas bolsas de nicotina, en todo el radio porteño. Hay dos puntos centrales alrededor de este proyecto con dictamen favorable impulsado por la legisladora porteña Graciela Ocaña, con la adhesión de otros dos miembros de su espacio (Confianza Pública), María Sol Méndez y Sebastián Nagata. El primero es una traslación casi idéntica (pero para el radio metropolitano) de lo que ya clarificó la normativa nacional del 30 de abril pasado sobre este mismo tema (la 549/2026), que toma como marco general la ley nacional del Tabaco de 2011 (26.687). Y es que, así como se habilita formalmente para la Ciudad el uso y consumo de vapeadores, cigarrillos electrónicos y bolsas de nicotina (siempre hablando de mayores de 18 años), también se hace explícita la prohibición de vapear en espacios cerrados. El proyecto no lo dice explícitamente, pero establece que el régimen sancionatorio (es decir, qué se permite y qué no) regirá acorde a las leyes porteñas 451 y 1799. La última es la que importa: ya en su versión original de 2005, esa normativa dejaba claro que “se prohíbe fumar en todos los espacios cerrados con acceso público del ámbito público y privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Esos lugares estatales o privados por supuesto alcanzan a medios de transporte público, estaciones de subte, establecimientos educativos, centros de salud, centros culturales, espacios deportivos, museos, cines, teatros, restaurantes, bares o cualquier lugar cerrado de recreación, entre otros lugares abiertos al público general que no estén al aire libre. Desde el área nacional de Salud explicaron que este tipo de normativas no precisan adhesión provincial. Sin embargo, Ocaña destacó el valor de generar una ley propia, en la que además ella propone sumar un elemento adicional (por ahora, no incluido en el proyecto) que podría dar que hablar. Involucra el siempre sensible tema impositivo, ya que estos productos emergentes del tabaco o la nicotina no tienen -ni en CABA ni a nivel país- el impacto fiscal que sí le toca a la comercialización de cigarrillos. “Lo que yo estoy proponiendo es que también en temas impositivos (los productos vinculados al cigarrillo electrónico y bolsas de nicotina), esto tenga el mismo tratamiento que la ley del Tabaco, que en la Ciudad paga ingresos brutos que rondan el 6%. Eso es lo que estamos discutiendo que se incluya en la ley”, adelantó. Dividido en nueve capítulos desarrollados brevemente en ocho páginas (ya que se exige la reglamentación del Ejecutivo liderado por Jorge Macri en los 180 días siguientes a la sanción), el texto busca establecer un régimen de control, prevención y sanciones para estos productos, en línea con el nuevo marco regulatorio nacional, que en abril derogó la resolución con la que la ex ministra de Salud Carla Vizzotti había prohibido (en marzo de 2023) la venta y uso de cigarrillos electrónicos, así como el consumo de productos de tabaco calentado. Advierten que el cigarrillo electrónico no es inocuo y se podrá énfasis puntual en la prevención y concientización, según explican desde el Ministerio de Salud porteño, conducido por Fernán Quirós. Susana Espósito - 3890 caracteres - Viernes 19/06/23 - Fuente: LN |
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